La Plata: Se realizó el Taller de trabajadores de prensa

Compartimos experiencias sobre nuestros derechos como trabajadores

Unos 20 trabajadores de diarios, agencias, radios y portales de La Plata participamos el último sábado en un taller sobre derechos laborales. El encuentro, organizado por el Colectivo de Trabajadoras y Trabajadores de Prensa, fue en el mítico Club de Ajedrez de la esquina de 6 y 54, lugar que  frecuentó el periodista y escritor Rodolfo Walsh hasta su paso a la clandestinidad.

Al frente de la charla estuvo Pablo Llonto que, como periodista y abogado, introdujo algunos conceptos sobre las normativas más importantes que nos amparan a todos los trabajadores y trabajadoras de medios periodísticos.

Durante tres horas compañeros y colegas expusimos sobre las condiciones laborales en las que realizamos nuestras tareas y compartimos dudas, experiencias y alternativas para darles solución.

“Al tratarse de un primer taller el encuentro se volvió más del tipo consultivo en el cual muchos de nosotros nos despejamos muchas dudas sobre los derechos que nos corresponden como trabajadores de prensa”, señaló un integrante del Colectivo al término de la reunión.

“Hay muchas cosas del Estatuto del Periodista que no se saben, a veces por no sentarse a leerlo y es muy importante, aunque hoy vimos que en muchos casos se vulneran derechos que están garantizados por Pactos internacionales”.

 

Colectivo de Trabajadoras y Trabajadores de Prensa La Plata

colectivodeprensalp@gmail.com

http://colectivodeprensalaplata.wordpress.com/

   http://twitter.com/periodistaslp


A continuación, el resumen del taller. En breve publicaremos el audio con la grabación del mismo.

 

Taller de formación sindical (resumen)

 

La Constitución Nacional y el Pacto de San José de Costa Rica, junto con otras convenciones internacionales, son nuestras normas superiores.

Estatuto del periodista es la ley que rige el oficio.

Convenio Colectivos de trabajo y los “usos y costumbres” son nuestras normas inferiores.

Hay que dejar el miedo de lado. Naturalizar las elecciones (la política) y los reclamos por mejores condiciones.

No hablamos de trabajo en blanco o en negro sino de trabajo LEGAL e ILEGAL.

Decimos: “Trabajador en situación ilegal”.

Las pasantías podrían estar bien para otros gremios. En prensa están prohibidas. El Estatuto menciona claramente a los aspirantes.

Si no se puede llegar a un acuerdo hay que judicializar los problemas mientras uno trabaja. Uno puede trabajar y estar en juicio con su empresa. Hay que naturalizarlo.

No se puede sancionar a quien no fue escuchado, a quien no tuvo derecho a defensa, a quien no pudo apelar. Esto está amparado por la Constitución porque está en el Pacto San José de Costa Rica.

Se trabaja 6 horas por día. El estatuto decía 36 horas semanales, pero en aquella época (1946) había un franco por semana. Cuando se amplió a dos francos semanales (1975), los periodistas ya trabajaban 6 horas por día, entonces se toma como “usos y costumbres”, por lo que no se podía ampliar el horario, es decir, las empresas no pueden ampliar el horario.

Hay que acordar cuándo se pagan las horas extras: en algunos casos, al minuto se paga la hora entera.

Todas las cuestiones o reclamos laborales en el periodismo se vencen a los dos años, por lo que los reclamos no pueden ir más allá e ese lapso. Los reclamos prescriben a los dos años.

El aguinaldo es el mejor sueldo + los ingresos extras (horas extras, premios, etc).

No sólo se puede recurrir por reclamos al sindicato o al ministerio de trabajo, también a otros organismos del estado, como por ejemplo al INADI en un caso de discriminación, o la Legislatura, para que la comisión de libertad de expresión se expida sobre algún tema o situación. A las Defensorías del Pueblo también. Hay que aprovechar todos los espacios.

NO CORRESPONDE EL PAGO DOBLE CUANDO SE TRABAJA DURANTE LOS FINES DE SEMANA.

Hay que pagarle extra a todos los trabajadores que ponen herramientas de trabajo: como la cámara de fotos o el grabador. Hay que ver la LEY DE CONTRATO DE TRABAJO.

Todos los contratos entre las partes (empresa-trabajador) son inconstitucionales, lo que vale es la Ley Nacional (el Estatuto del Periodista), los Convenios Colectivos locales, los Pactos Internacionales.

El trabajador sólo está obligado a hacer la hora extra en situación de emergencia (en periodismo eso es nunca).

Si la empresa recibe un doble beneficio por la doble publicación, se puede reclamar doble pago. (Hay jurisprudencia – Ley de propiedad intelectual)

A los franqueros hay que pagarles así: se dividen los días laborables del mes, que pueden ser 20, 21 o 22 y se saca el valor día de laburo. (Ley de contrato de trabajo).

La exclusividad de un trabajador en un medio no existe.

Resumen del taller realizado por el Colectivo de Trabajadoras y Trabajadores de Prensa – La Plata