La reforma constitucional en Venezuela

0
175

El pasado 15 de agosto se cumplían 3 años del contundente triunfo popular en el referéndum revocatorio que en contra del Presidente Chávez fraguaron fraudulentamente la oligarquía y el imperialismo. En ese día, aniversario de la victoria popular, elPresidente Chávez presentó a la Asamblea Nacional su propuesta de reforma a la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Aquí nos limitamos a sintetizar el proyecto de reforma que se ha presentado dejando para más adelante un análisis ás dets detallado de su contenido. El pasado 15 de agosto se cumplían 3 años del contundente triunfo popular en el referéndum revocatorio que en contra del Presidente Chávez fraguaron fraudulentamente la oligarquía y el imperialismo. En ese día aniversario de la victoria popular, el Presidente presentó a la Asamblea Nacional su propuesta de reforma a la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.

Desde horas del mediodía comenzaron a congregarse en torno al Palacio Legislativo, decenas de miles personas provenientes en su mayoría de Consejos Comunales de los sectores populares de Caracas y ciudades cercanas a la capital, a fin de escuchar la alocución presidencial. Igualmente se congregaron miles de trabajadores de PDVSA que se habían movilizado desde horas de la mañana a una concentración en la sede de PDVSA, para manifestarse en contra de la campaña de desprestigio internacional desatada por el imperialismo en contra de la industria petrolera venezolana, relanzada a nivel mediático con el episodio del maletín contentivo de 800 mil dólares incautado en Argentina a un empresario venezolano presuntamente vinculado a PDVSA.

En su alocución, Chávez informó que la propuesta de reforma constitucional contempla la modificación de 33 artículos. La actual Constitución contempla que la iniciativa de reforma puede provenir de tres fuentes: por iniciativa popular, por iniciativa de la Asamblea Nacional o por iniciativa del Ejecutivo Nacional. En todos los casos, la propuesta debe ser sometida a discusión nacional y aprobada o reprobada en referéndum con carácter vinculante.

La alocución se inició a las 6:30 PM y se prolongó por espacio de 4 horas en las cuales el presidente esbozó como objetivo estratégico constitucionalizar la marcha hacia el socialismo y la liberación nacional, lo cual fue su bandera electoral durante los comicios del diciembre de 2006 donde fue reelegido con el 65% de los votos. Recordó el pasado controlado por las elites oligárquicas y fustigó al imperialismo y al capitalismo. Paso seguido fue explicando una a una las modificaciones propuestas a la carta magna.

LAS PROPUESTAS.

Entre las propuestas más sobresalientes y en forma abreviada se destacan las siguientes:

Artículos 70, 136 y 158: En los cuales se plasman la existencia legítima del Poder Popular:

Art 70“ Son medios de participación y protagonismo del pueblo, en ejercicio directo de su soberanía y para la construcción del socialismo, los consejos comunales, consejos obreros, consejos estudiantiles, consejos campesinos entre otros, la gestión democrática de los trabajadores de cualquier empresa de propiedad social, la autogestion comunal, organizaciones financieras comunales, cooperativas comunales, cooperativas comunales, las redes de productores libres asociados, empresas comunitarias y demás formas asociativas constituidas para desarrollar los valores de la mutua cooperación y la solidaridad socialista……….”.

Art 136. El poder público se distribuye territorialmente en la siguiente forma: Poder Popular, Poder Municipal, Poder Estadal y Poder Nacional………………..”
“El Poder Popular se expresa constituyendo las comunidades, comunas, autogobierno de ciudades, consejos comunales, consejos campesinos, consejos estudiantiles y otros que señale la ley”

Art.158. “El Estado promoverá como política nacional, participación protagónica del pueblo, transfiriéndole poder y creando las mejores condiciones para la construcción de una democracia socialista”

Artículo 90: Se plasma la reducción de la jornada de 8 a 6 horas:

“Al objeto que los trabajadores dispongan de tiempo suficiente para el desarrollo integral de su persona, la jornada laboral diurna no excederá de seis horas diarias ni de treinta y cuatro horas semanales. Ningún patrón podrá obligar a los trabajadores laborar horas extras…… “

Artículos 112 y 115: Donde se delimitan las diferentes formas de propiedad, priorizando la propiedad colectiva sobre la privada:

Art 112: “El Estado promoverá el desarrollo de un modelo económico productivo, intermedio, diversificado e independiente, fundado en los valores humanísticos de la cooperación y la preponderancia de los intereses comunes sobre los individuales que garantice la mayor suma de felicidad posible”

Art 115 “Se reconocen y garantizan diferentes formas de propiedad. La pública que pertenece directamente al Estado, la social que pertenece al pueblo en su conjunto y podrá ser indirecta cuando es ejercida por el Estado en nombre de la sociedad y directa cuando el Estado la asigna bajo distintas formas entes públicos y formas macro de organización social.. La propiedad colectiva, pertenece a grupos sociales o personas, para su aprovechamiento uso o goce común, pudiendo ser de origen social o privado. La propiedad mixta ,conformada por el sector público, el social, el colectivo y el privado, en distintas combinaciones siempre sometida a la autoridad de la Nación, y la propiedad privada aquella que pertenece a personas naturales o jurídicas y que se reconoce sobre bienes de uso y consumo, y medios de producción legítimamente adquiridos.
“……………………. por causa de utilidad pública o interés social. Mediante sentencia firme y pago oportuno de justa indemnización, podrá ser declarada la expropiación de cualquier clase de bienes, sin perjuicio de la facultad del Estado de ocupar previamente, durante el proceso judicial, los bienes objeto de expropiación…..”

Artículos 141 y 184: Reconocen la existencia de formas de gerencia pública en paralelo a las burocráticas tradicionales:

Art 141. “Las categorías de administraciones públicas son: las burocráticas tradicionales reguladas en esta Constitución y “las misiones”, constituidas por organizaciones de variada naturaleza, creadas para atender a satisfacción de las más sentidas y urgentes necesidades de la población, cuya prestación exige de la aplicación de sistemas excepcionales los cuales serán establecidos….”

Art 184: “Una ley nacional creará mecanismos para que el Poder Nacional, los estados y los municipios descentralicen y transfieran a las comunidades organizadas, a los consejos comunales, a las comunas y otros entes del Poder tales como : servicios en materia de construcción de obras y servicios públicos, gestión de empresas públicas municipales o estadales, la participación en procesos económicos que estimulen la economía social y el desarrollo endógeno, la participación de trabajadores en la gestión de empresas públicas,
Creación de organizaciones cooperativas y empresas comunales de servicios generadoras de empleo. La comunidad organizada tendrá como máxima autoridad la Asamblea de Ciudadanos del Poder Popular……… “El Consejo Comunal constituye el órgano ejecutar de las decisiones de las Asambleas de Ciudadanos…..” “Por ley se creará un fondo destinado al financiamiento de los proyectos de los consejos comunales”

El paragrafo 34 del artículo 156 sobre Competencias del Poder Público Nacional:
“La gestión y administración de los ramos de la economía nacional, así como su eventual transferencia a sectores de economía de propiedad social, colectiva o mixta”.

Artículo 307. Donde se plasma de manera expresa la prohibición del latifundio:

“Se prohibe el latifundio por ser contrario al interés social. La república determinará mediante ley la forma en las cuales los latifundios serán transferidos a la propiedad del Estado o de los entes empresas publicas, cooperativas, comunidades organizadas u organizaciones sociales………….” “Los campesinos y demás productores agropecuarios tienen derecho a la propiedad de la tierra…………….. a los fines de garantizar la producción agrícola, El Estado protegerá y promoverá la propiedad social”

Artículos 328 y 329: Donde se plasma la nueva ideología y estrategia de la Fuerza Armada y la formación de la Milicia Popular:

Art 328 “La Fuerza Armada Bolivariana constituye un cuerpo esencialmente patriótico, popular y antiimperialista, organizada por el Estado para garantizar la independencia y soberanía de la Nación, preservarla de cualquier de cualquier ataque externo o interno a través de la aplicación de los principios de la defensa militar integral y la guerra popular de resistencia……” “En el cumplimiento de su función, estará siempre al servicio del pueblo venezolano y en ningún caso al de oligarquía alguna o poder imperial extranjero………”

Art 329. “La Fuerza Armada Bolivariana está integrada por: el Ejercito Bolivariano, la Armada Bolivariana, la Aviación Bolivariana, la Guardia Territorial Bolivariana y la Milicia Popular Bolivariana” “Las unidades y cuerpos de la Reserva Militar, se transformarán en unidades de la Milicia Popular Bolivariana”.

REACCIONES.

Conocida la propuesta, la derecha entró en un periodo de “shock”. Al día siguiente los titulares de la prensa burguesa trataban de minimizar la noticia, dándole privilegio a la noticia del “maletinazo”. Pero esto ha ido cambiando con el paso de las horas. Ya comenzaron la declaraciones de diversos actores políticos y económicos alertando sobre el fin de la propiedad privada, de la “libertad” y los “fundamentos de la República” desde su fundación. Algunos ya han declarado su posición de no participar en la “farsa” de referéndum y llamando a la “insurgencia” y a la acción de las Fuerzas Armadas para restituir el “orden republicano”.

Por su parte en el campo revolucionario se ha abierto el debate sobre el contenido de la propuesta. En las reuniones de Batallones Socialistas del PSUV, que se efectúan en todo el país los días sábado en la tarde, se inició la discusión de la propuesta presidencial. En el programa Aló Presidente! del 19 de agosto transmitido desde el Teatro “Teresa Carreño”, Chávez explicó nuevamente por casi 7 horas la importancia política e ideológica de cada artículo.

El Presidente manifestó que de ser aprobada la propuesta como él espera, sería el fin de la República burguesa y el inicio de una nueva fase hacia el socialismo. Incluso manifestó que podría ser el inicio una nueva República, la VI República y que la V podría considerarse como una República de transición. Expresó, en respuesta a las declaraciones golpistas de varios actores de la derecha que las mismas obedecían a que ya se sabían derrotados en la próxima consulta democrática, y que si optaban por la vía golpista y violenta pues que procedieran, que el pueblo y la Fuerza Armada estaban listos para aplastarlos. Sin duda que la Revolución en Venezuela está entrando en una nueva que los revolucionarios debemos analizar y discutir.