Carolina Gorosito, es un nombre supuesto con el que pretendemos englobar a los casi 120 niños (en la acepción que adopta la Convención Internacional para designar a aquellos que no han llegado a la mayoría de edad) que en la provincia de Santa Fe, durante esta fría noche de mayo intentarán conciliar el sueño durmiendo sobre mugrosos colchones, peleando contra la sarna y los parásitos en mazmorras propias del siglo XVII. LAS GARANTIAS QUE PONEN FRENO A LOS EMBATES DEL ESTADO ANTE LA LIBERTAD INDIVIDUAL ASUMEN EN EL CAPITALISMO UN CONTENIDO DE CLASE
Carolina Gorosito, es un nombre supuesto con el que pretendemos englobar a los casi 120 niños (en la acepción que adopta la Convención Internacional para designar a aquellos que no han llegado a la mayoría de edad) que en la provincia de Santa Fe, durante esta fría noche de mayo intentarán conciliar el sueño durmiendo sobre mugrosos colchones, peleando contra la sarna y los parásitos en mazmorras propias del siglo XVII.
Carolina Gorosito y los restantes jóvenes se encuentran en esos sitios bajo la tutela de Jueces de Menores que según la legislación que permanece vigente desde la Dictadura Militar pueden DISPONER de ellos para su adecuado resguardo, ante la posibilidad de que se encuentren en situación de abandono material o moral y esa situación se puede prolongar incluso hasta llegar a los 21 años.
Carolina Gorosito, fue a dar con sus huesos dentro de ese sistema porque un Juez, estimó que haber intentado llevarse una prenda de ropa de un supermercado sin pagarla suponía un indicio de abandono y consideró que privarla de libertad, colocándola en una comisaría sería el mejor camino para su reinserción social.
Con ello Carolina, se coloca en términos procesales en idéntica condición que Maria Julia Alsogaray ya que ambas se encuentras sometidas a proceso, sin condena firme. Aunque está claro que la polifuncionaria no tuvo necesidad de intentar trasponer una línea de censores de un supermercado para lucir sus pieles con desparpajo.
En la expresión de los fundamentos del temperamento adoptado por los jueces que concedieron la excarcelación de Marìa Julia otorgándole la libertad provisional se sostiene que La presunción de inocencia de que goza Alsogaray hasta el dictado de una sentencia condenatoria firme que ponga fin a este proceso tiene como una de sus consecuencias fundamentales la exigencia del reconocimiento al derecho a permanecer en libertad durante todo el trámite de la causa
La pregunta que se impone es la siguiente ¿por qué una niña no puede permanecer en libertad durante todo el trámite de la causa? ¿por qué incluso no puede hacer uso de una acción judicial para lograr su excarcelación en los términos en los que sí lo puede hacer la funcionaria? ¿Quién protege a las Carolinas Gorosito?
Todo esto no hace sino revelar como funciona el sistema de control social bajo una organización jurídica que es reflejo del modo de producción capitalista, y en ese sentido pone de manifiesto el carácter de clase de la normativa vigente y consecuentemente la de los aparatos judiciales colocados para su aplicación.
Las pautas garantistas declaradas por nuestras normas no resultan de la aplicación e interpretación igualitaria sino que sólo toman cuerpo en tanto y en cuanto el sujeto que las reclame se ubique próximo a los sectores del Capital o le resultan funcionales. El quebrantamiento del principio de igualdad ante la ley, la violación de las pautas de convenciones internacionales sobre la materia, y el menosprecio por la vida humana son simples demostraciones del agotamiento histórico del sistema tutelar del menor y de cómo el mismo es reflejo superestructural de la crisis del capitalismo generada a partir de su imposibilidad de resolver contradicciones objetivas que el mismo modo de producción genera como lo son el hambre, el desempleo, el desarraigo, la disolución social y lo que genéricamente se define como marginalidad.
Sin duda, un mundo sin niños institucionalizados, ni Carolinas buscando su medio de vida en el apoderamiento de una prenda de vestir en un supermercado, remite necesariamente a la abolición del modo de producción capitalista y del Estado Burgués que le sirve de sustento. Las aberrantes desigualdades sociales y jurídicas que comentamos sólo pueden ceder ante una instancia políticamente superadora de este orden decadente de cosas, a través de la Democracia Obrera.
Esto exige como imperativo la construcción de una organización política enraizada en la base de los sindicatos y otras organizaciones populares, que se plantee como objetivo la efectiva emancipación social. La posibilidad de una vida que merezca ser vivida está indisolublemente ligada a la instauración del Poder Obrero y la transición hacia una sociedad sin clases.